1.- De los documentación que obra en nuestro poder podemos tratar de constatar el uso del amianto en los capítulos de obra del edificio.
2.- Valorar si en las obras que vayamos a realizar vamos a tener contacto con elementos constructivos donde pudiera haberse utilizado amianto.
3.- De actuar sobre alguna zona donde la acción directa sobre conductos o aislamientos pudiera existir algún riesgo, se tomarán todas las medidas necesarias para garantizar la máxima seguridad del equipo de demolición implicado (que son realmente los trabajadores de riesgo) y para proceder con la mayor rapidez a su reparación.
http://www.mtas.es/insht/ntp/ntp_632.htm
http://www.mtas.es/insht/ntp/ntp_463.htm
Tanto la uralita como el amianto sigue presente en muchos edificios en España porque antes estaba permitido utilizar este material pero desde hace unos años ya no es legal construir con amianto y uralita aunque ciertos tejados y casas siguen conteniendo este material.