DBSUA

 

DISPOSITIVOS VISUALES DE ALARMA.

Dispositivos visuales de alarma

Además de la transmisión de la alarma de incendio mediante una señal acústica audible, sea éste un avisador

acústico de alarma (campana, sirena electrónica, etc.) o un mensaje procedente de un sistema de alarma

por voz, en ciertos casos se deben incorporar dispositivos visuales de alarma cuando la indicación visual sea

el sistema de notificación preferente para los ocupantes.

La utilización y selección de dichos dispositivos debe ser resultado del análisis de riesgos y de los procedimientos

de evacuación del edificio. Ejemplos de situaciones en las que la señal de alarma visual es necesaria

son:

– para dar aviso a personas con discapacidad auditiva;

– en zonas con un alto nivel de ruido ambiente;

– en locales donde la indicación acústica puede provocar un perjuicio en la actividad como, por ejemplo, en

quirófanos de edificios de uso Hospitalario.

Los dispositivos visuales de alarma deben cumplir con lo establecido en la norma UNE-EN 54-23, en particular

en lo referente a los valores de iluminación requerida. En zonas donde no sea estrictamente necesaria la

notificación visual y se desee reforzar el aviso de alarma, se pueden utilizar otros indicadores visuales.

 

DB SUA

DISTRIBUCION DE ASEOS ACCESIBLES EN UN EDIFICIO.

Dotación de aseos accesibles en relación al número de inodoros

Cuando el DB SUA establece la dotación en relación a un número de unidades «o fracción», habrá que entender

que hay que disponer esa dotación hasta alcanzar este número. Por ejemplo, habrá que disponer 1 aseo

accesible cuando se instalen entre 1 y 10 inodoros, 2 cuando se instalen entre 11 y 20 inodoros, y así sucesivamente.

El DB SUA permite que el aseo accesible sea de uso compartido por sexos, por lo que el número de inodoros

a tener en cuenta es el total sin discriminar por sexos. Por ejemplo, hasta 10 inodoros instalados, contabilizando

ambos sexos, podría disponerse únicamente uno de uso compartido, siempre que no entre en contradicción

con lo establecido por otra reglamentación vigente con mayor grado de exigencia.

Desde el buen diseño el reparto de aseos exigible en el DB debería responder a la distribución de los distintos

núcleos de aseo del edificio en cuestión, tanto por planta como por usos diferenciados que se puedan disponer

en el mismo, de forma que la utilización de los espacios sea similar para todos sus usuarios, bajo un criterio

de utilización razonable de dichas instalaciones.

 

TORNOS Y PUERTAS GIRATORIAS EN ITINERARIOS ACCESIBLES.

Itinerarios alternativos a tornos, puertas giratorias y otros elementos no accesibles

Cuando sea necesario disponer alguno de dichos elementos se debe proporcionar un recorrido alternativo

accesible adyacente y debidamente señalizado.

En este sentido, si bien una puerta giratoria en una entrada principal se puede utilizar por determinados usuarios

de silla de ruedas si reúne las condiciones apropiadas (por ejemplo, que sea suficientemente grande para

permitir el paso de un usuario de silla de ruedas y su acompañante; que disponga de un dispositivo de reducción

de la velocidad de giro), ésta puede ser de difícil utilización por otros usuarios tales como: personas

ayudadas por perro de asistencia, con discapacidad visual, con movilidad reducida, con espasticidad, con

discapacidad intelectual, etc. Por otra parte, la complejidad de este dispositivo se contrapone con uno de los

principios del diseño universal, el de uso fácil.

Como consecuencia de todo lo anterior, se debe proporcionar un itinerario alternativo que forme parte de la

entrada principal.

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