Con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 19/2012 de 25 de mayo de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servicios se ha abierto el camino de la Declaración Responsable. Este procedimiento sustituye a las licencias urbanísticas en determinados supuestos de actividades y superficies.

Y hablamos de actividades, porque lejos de haber tratado de consensuar con técnicos y urbanistas una reglamentación adaptada al lenguaje de los Planes Generales Urbanísticos de los municipios, se han basado en los epígrafes del IAE. Esta circunstancia genera graves desajustes y paradojas tales como diferentes oficinas, en un mismo edificio, pueden optar o no al nuevo procedimiento, en función de la naturaleza de la actividad de la empresa.

Lo más preocupante, en mi opinión, es que, ante una reglamentación tan extensa y sujeta a interpretaciones, desaparece, en la mayoría de los municipios, la herramienta del requerimiento. La agilidad en emitir informe impide ese diálogo entre técnicos o entre promotor y administración, con lo que todo se resolverá si existe buena voluntad para revisar previamente las cuestiones dudosas.

También es importante el cambio de mentalidad. Ya no tutela el ayuntamiento. El interesado demuestra que su solicitud se puede hacer. Aporta antecedentes, justifica situaciones singulares. Este hecho podría dar a entender que los especialistas tendremos mayor trabajo asistiendo a promotores. Hasta ahí correcto.

Pero, ¿qué sucederá con los imprudentes o los urgentes? ¿Volveremos en este momento de crisis a la etapa de los «firmones»? ¿quién asumirá la responsabilidad respecto a obras mal ejecutadas? me refiero a todas estas que solamente requieren la firma de un técnico, pero no un proyecto de ejecución con sus costes derivados de dirección y visado, como los hemos conocido hasta ahora.

Está claro que cada uno pone sus condiciones, su dedicación, y sus precios. Y que el tiempo regula las nuevas situaciones. Si un promotor quiere una obra de garantías, controlada en plazo, precio y calidad técnica, sin olvidar la seguridad, deberá asumir esos costes que parece que trata de evitar esta ley. Eso sí que es el chocolate del loro, y una garantía de buen hacer.

En fin, cada uno decide cual es su nivel de riesgo y su grado de responsabilidad.

https://www.asemas.es/portal/boletin/072012/redir.asp?s=43409&d=C

¿Quién es responsable de la declaración responsable?