El triste acontecimiento sucedido en Qatar, hace necesaria la reflexión sobre los distintos centros o locales donde se divierten y se forman los niños más pequeños.

En una ciudad como Madrid, además de la legislación autonómica que regula las escuelas infantiles, que imparten el primer ciclo de Educación Infantil, contamos con Centros de cuidado infantil de asistencia regular, que acogen regularmente a niños menores de tres años y Centros de cuidado y recreo infantil de forma esporádica. Estos dos segundos legislados por normativa municipal.

Las escuelas infantiles deben ubicarse en locales con acceso independiente y de uso exclusivamente educativo en el horario escolar. En planta baja y a lo sumo con una planta primera.

En cualquier caso, todas las salas con permanencia habitual de personas se requiere ventilación e iluminación natural. Por lo tanto, proximidad a fachadas.

El Código Técnico de la Edificación, en su documento básico de Seguridad en caso de Incendio establece las siguientes prescripciones mínimas para este tipo de actividades:

Si el local alberga hasta cincuenta personas, se admite una única salida con una distancia a cualquier punto ocupable no mayor de veinticinco metros. En el caso de ser necesarias más de una salida, esta distancia será como máximo de 35 metros. Debemos entender la salida como un recinto exterior o un camino seguro hasta el exterior.

Al final, la seguridad en caso de incendio se controla desde dos vertientes:

Activa: detección y extinción de los fuegos incipientes.

Pasiva: confinamiento del fuego y evacuación a través de un recorrido seguro y preferiblemente corto. Caminos seguros, señalizados y expeditos de obstáculos.

Además de todo lo anotado, fundamental es el entrenamiento. Usuarios de edificios y responsables de actividades deben conocer los protocolos de actuación en caso de siniestro. Estos simulacros no son posibles en todos los casos o para todos los usuarios, pero la formación del personal, primero, y del ciudadano en distintas circunstancias, la escuela, la oficina, permite una mejor reacción ante la aparición de un riesgo.

Ni que decir tiene que el Plan de Emergencia exige que los planos del edificio estén a disposición de los servicios de extinción.

El accidente es algo imprevisible, y la magnitud de sus consecuencias está sujeta a la suerte. El ejercicio principal es definir el rango de prevención que queremos tener para resolver esas situaciones imprevistas. A partir de aquí serán los propietarios, asistidos por los técnicos redactores de proyectos y directores de las obras, y el control e inspección de la administración y las compañías de seguros, quienes velarán por las mejoras precisas para optimizar las condiciones de seguridad de los edificios y actividades.

Es cuestión de técnica y voluntad.

 

 

Guardería o ludoteca. Criterios de seguridad.